Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el día 18 de octubre de 2021 publicando en su página de Internet la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. En la cual dan a conocer la modificación a la regla 2.7.1.39 Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.
Los cambios en esta regla implican:
Disminución del monto a considerar para cancelar un documento SIN aceptación del receptor, pasando de $5000 a $1000 es decir, documentos que tengan un importe total mayor a $1000 ahora requieren aceptación por parte del receptor.
Modificación del plazo de 3 a 1 día hábil para que sean, consideradas las facturas cancelables sin aceptación.
El SAT notificó que estos cambios ya fueron aplicados tanto en el Portal SAT como en los servicios de cancelación que procesan los Proveedores Autorizados de certificación, con fecha 18 de octubre de 2021.
De igual forma Aspel informa que sus Sistemas NO requieren de ninguna modificación, ya que el proceso de cancelación se realizan entre el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) y SAT.
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