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Nuevo Complemento de Carta Porte

Fue publicado el día 1º de Mayo de 2021 en la página del SAT el Complemento de Carta Porte. Dicho complemento deberá ser incluido en los CFDi que acompañen el transporte de mercancías, de acuerdo a los supuestos señalados dentro de la regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal

¿Qué es el Complemento de Carta Porte?

Es el comprobante fiscal que se emite para amparar el traslado de un bien, dentro del territorio nacional. Se emite por el propietario del bien o por las personas con permiso para realizar el traslado.

¿Para qué sirve el Complemento de Carta Porte?

El SAT informó que el Complemento de Carta Porte se incorpora al CFDI para acreditar la posesión de las mercancías. Esto se debe a que brinda información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.

El objetivo de este complemento es fortalecer el CFDI a efecto de integrar mecanismos de control e información que permita tener plena rastreabilidad en el traslado de mercancías en territorio nacional, para reforzar los actos de fiscalización, combatir el contrabando de mercancías de procedencia ilícita, y se dote a las autoridades de todos los niveles de elementos de verificación.

¿Cuándo se debe utilizar el Complemento de Carta Porte?

Existen dos formas de emisión de un CFDI con Complemento de Carta Porte:

CFDI de Ingreso

Los contribuyentes dedicados a prestar servicios de transporte terrestre, marítimo, aéreo, fluvial o de carga, deberán expedir el CFDI de Ingresos que ampare la prestación de este tipo de servicio al cual deberán agregar el Complemento de Carta Porte. Cabe mencionar que dicho CFDI de Ingresos deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 29-A del CFF, así también este servirá para acreditar el transporte de mercancías.

CFDI de Traslado

Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI de Traslado al cual deberán agregar el Nuevo Complemento de Carta Porte el cual deberá ser expedido por ellos mismos. Dicho comprobante se usará para el traslado de mercancías por vía terrestre, marítima, aérea o fluvial.

En dicho comprobante se deberá consignar como valor: cero, como clave en el RFC receptor la genérica a que se refiere la regla 2.7.1.26, para operaciones con el público en general (XAXX010101000), y en el campo descripción, se deberá especificar el objeto de la transportación de las mercancías.

En el supuesto en el que el traslado de mercancía se realice a través de un intermediario o agente de transporte, este deberá emitir el CFDI de Traslado al cual deberá agregar el Nuevo Complemento de Carta Porte.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo Complemento de Carta Porte?

El Nuevo Complemento de Carta Porte inicia su vigencia el 1 de Junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia, dando cumplimiento a lo establecido en las Reglas 2.7.1.8 y 2.7.1.9 RMF 2021 y al Artículo Décimo Primero Transitorio 1a RMRMF 2021.

Para mayor información:

Si aún tienes dudas, puedes contactarnos en alguno de los siguientes links o rectificar con la documentación oficial publicada en el portal del SAT.

Links de documentación oficial

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